¿Dónde puedo volar mi dron? ENAIRE, identificación electrónica y reglas de 2026
Además del seguro y el registro, hay tres cambios técnicos que todo piloto de dron en España debería tener claros para este año.
1. Dónde puedes volar: el fin de la «regla de los 8 km»
Durante años, la referencia rápida era «no vueles a menos de 8 km de un aeropuerto». Esa regla simple ya no existe. El Real Decreto 517/2024 la sustituyó por un sistema de zonas geográficas de UAS, con distancias y alturas variables según cada aeropuerto, aeródromo o helipuerto.
La consulta de estas zonas ya no es opcional ni informal: ENAIRE Drones es la plataforma oficial y de consulta obligatoria antes de cada vuelo.
🗺️ Consulta dónde puedes volar: ENAIRE Drones
2. Identificación electrónica (Remote ID)
Desde el 1 de enero de 2024 es obligatorio que ciertos drones transmitan en tiempo real su número de registro de operador y su posición. Se aplica a:
- Drones con marcado de clase C1, C2, C3, C5 y C6 en categoría abierta.
- Toda operación en categoría específica, sin importar el marcado.
Quedan exentos los drones de clase C0 y los que pesan menos de 250 gramos.
Si tu dron lleva varios años en el mercado y no trae esta función de fábrica, puede que necesites un módulo adicional para cumplir. Los requisitos de cada clase están en la página de AESA sobre requisitos de UAS/drones.
3. Para profesionales: el fin de los escenarios nacionales
Si vuelas en categoría específica bajo un escenario estándar, hay un cambio de fecha límite importante: las declaraciones operacionales basadas en los escenarios estándar nacionales (STS-ES) caducaron el 31 de diciembre de 2025.
Desde entonces rigen los escenarios estándar europeos: STS-01 y STS-02, que exigen drones con marcado de clase C5 y C6 respectivamente.
Lo que no cambió
Dos reglas de sentido común siguen vigentes tal cual: mantener siempre el dron dentro del alcance visual del piloto (salvo autorizaciones especiales en categoría específica) y no superar los 120 metros de altura sobre el punto del terreno que queda debajo del dron.
📌 En resumen
| Regla | Situación en 2026 |
|---|---|
| Consultar ENAIRE Drones antes de volar | Obligatorio |
| «Regla de los 8 km» | Ya no existe |
| Identificación electrónica (Remote ID) | Obligatoria en C1, C2, C3, C5 y C6. Exentos: C0 y menos de 250 g |
| Escenarios estándar nacionales (STS-ES) | Caducados: rigen STS-01 y STS-02 |
| Dron a la vista y máximo 120 m de altura | Siguen vigentes |
Respetar estas normas no es solo una cuestión de multas: el seguro de tu dron deja de cubrirte si el accidente ocurre incumpliéndolas.
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